Por la campaña en la que la compañía de comunicaciones ofrecía a los usuarios teléfonos “libres” o con "bandas abiertas" y sin ataduras, fue condenado a pagar una sanción a la Superintendencia de Industria y Comercio.
La razón principal de la condena fue que Tigo en la publicidad no aclaraba que sus consumidores debían cumplir la clausula de permanencia mínima, frente a lo cual la compañía declaró “Es que somos un operador que permite a sus usuarios disponer de su tiempo y este no es un tema que esté ligado con la suscripción o no de una clausula de permanencia. Tomando en cuenta que el fallo no es definitivo Colombia Móvil procede a interponer los recursos de la ley”
El valor de la sanción fue de 10.3 millones de pesos y el comercial causante es este llamado “Tigo Bandas Abiertas” el cual hace parte de su exitosa campaña “Tigo la telefonía móvil como debe ser”
Vía: Periódico El Tiempo







